Las 5 preguntas sobre la Firma Electrónica que debe conocer

Juan Miguel Carreño, Director de Expansión de Negocio habla sobre la contratación electrónica  en México

Durante los meses que llevamos de Covid-19 se han ido estableciendo una serie de mantras en relación con la utilización de tecnología para hacer frente a los nuevos retos de movilidad y presencia. La identidad digital o la contratación electrónica son ya elementos esenciales en las relaciones entre las empresas y sus clientes, empleados y proveedores.

1. ¿Es el momento de la firma electrónica?

A nuestro entender, sí y no. Una contratación electrónica es mucho más que una firma electrónica. No obstante, la firma electrónica es necesaria para la perfección contractual. Entonces,

2. ¿Por qué no es masiva la utilización de firmas electrónicas y procesos de contratación electrónica en la relación empresa-cliente?

Su no utilización tiene su origen más en motivos de usos y costumbres, que de desconfianza jurídica. La firma electrónica es un elemento perfectamente integrado en los procesos de contratación electrónica desde hace años.

3. ¿Qué hacer entonces para fomentar la implantación de servicios de contratación electrónica en las operaciones financieras de crédito? ¿en los seguros? ¿en la prestación de servicios en general?

El momento no puede ser mejor dada la necesidad provocada por la pandemia. Puedo afirmar que la Solución de Contratación Electrónica de Logalty es suficiente en sí misma para realizar la perfección de un contrato y aportar plenas garantías al usuario final. Garantías tales como:

  • el contrato firmado electrónicamente es válido en su procedimiento electrónico,
  • el contrato que se ha visualizado previamente en el dispositivo electrónico es el contrato que se ha firmado,
  • el momento de tiempo en el que se ha realizado el contrato es el que fue,
  • la entrega del contrato firmado se realiza en soporte duradero cumpliendo con las más altas exigencias de los estándares internacionales.
  • la custodia es segura y se guarda un original del contrato que se ha entregado a las partes con toda la trazabilidad y pruebas del proceso de contratación realizado.

Si en los entornos digitales se relacionan las personas físicas y morales de manera no presencial,

4. ¿La firma electrónica, en cualquiera de sus variantes y tecnologías (sea o no avanzada), sirve para perfeccionar contratos de esas relaciones?

La respuesta es sí, si bien es un elemento necesario e importante por sí mismo, no es el elemento más relevante en una contratación electrónica. Para ofrecer completa seguridad jurídica y garantizar los derechos de los consumidores en entornos digitales, se deben considerar dos elementos principales:

  1. 1.- Aquellos procedentes de la necesidad del cumplimiento normativo (compliance). Un procedimiento de contratación necesita implementar y cumplir elementos del código civil federal, de la ley de derechos del consumidor, de la legislación relativa a protección de datos, y por supuesto el código de comercio y la ley de firma electrónica avanzada. También de velar por el cumplimiento de toda legislación sectorial que aplique con origen en los distintos reguladores existentes: Banco de México, CNSF, CNBV, CONDUSEF, PLD, otros.
  2. 2.-Aquellos otros procedentes de la digitalización (es un entorno relacional entre ausentes) como son los elementos probatorios.

La firma electrónica nace en el entorno del comercio electrónico, y por lo tanto, muy relacionada con los elementos de compliance, pero estos elementos en sí mismos no serían suficientes. En caso de discrepancia entre las partes, se debería recoger prueba suficiente del acto, de tal manera que permita la acreditación de lo acaecido en cada transacción de manera sencilla y ágil.

5. ¿En quién recae la carga de la prueba?

Este punto es importante, porque la carga de la prueba es responsabilidad normalmente del emisor del proceso. Por lo tanto, la selección de un socio que incorpore la solución más adecuada es clave para la seguridad jurídica de estos procesos y del desarrollo del canal digital de las empresas.

Logalty nació precisamente para ofrecer un servicio que tuviera todos estos elementos, siendo la firma electrónica una parte importante, pero no la única. Sumando a la necesidad de un proceso robusto, trazable y de alta seguridad, todos los mecanismos de prueba necesarios que son:

  • La certificación del proceso con generación y custodia de todas las pruebas electrónicas en una matriz de prueba de evidencias segura;
  • El registro notarial de la función resumen resultado de la firma electrónica,
  • La Constancia de Conservación bajo NOM 151, los cuales fortalecen la seguridad jurídica en los procesos de contratación multicanal.