¿La firma electrónica es jurídicamente equivalente a la firma manuscrita?

¿Es necesaria la interposición cuando se utiliza firma electrónica cualificada?

La respuesta a ambas preguntas es sí.

Sí, la firma electrónica tiene el mismo efecto jurídico y es equivalente a la manuscrita, siempre y cuando sea firma cualificada, así se recoge en el artículo 25.2 del Reglamento eIDAS, que regula el mercado único digital europeo.

Sí, es necesaria la interposición aun cuando se utilice una firma electrónica cualificada. No porque nadie discuta que se haya  firmado un contrato, si no por la incertidumbre que siempre existe en la vinculación del contenido que se ha firmado con esa firma electrónica aunque sea cualificada, y sobre todo la prueba de su puesta a disposición previa a la firma y en soporte duradero.

La firma electrónica cualificada tiene diversos efectos jurídicos definidos, que son iguales para todos los Estados miembros de la Unión Europea, dado que un Reglamento es legislación uniforme, aplicable directamente en todos los Estados miembros. Por lo tanto, la contratación electrónica con una firma cualificada es equivalente a la firma manuscrita y puede utilizarse entre empresas de cualquier país de la Unión Europea.

La firma electrónica no cualificada no recibe ningún efecto jurídico en el Reglamento eIDAS, los estados miembros tienen plena libertad para definir los efectos jurídicos de la misma, es decir la pueden considerar equivalente a la firma manuscrita o no. No obstante, en España la práctica que está convirtiéndose en habitual y que tiene plena validez jurídica es la contratación a distancia con sistemas de firma electrónica no cualificada: códigos de operación enviados al móvil (OTP´S), firmas manuscritas digitalizadas o incluso firmas electrónicas avanzadas, pero a través de servicios de tercería por interposición como los que Logalty ofrece en el mercado.

Logalty sigue trabajando actualmente en llegar más lejos y por ello lleva dos años trabajando en Europa como miembro activo de ETSI (Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones) participando y ayudando en la creación y definición de normas técnicas, en concreto, de aquellas que están directamente vinculadas con un servicio de confianza que se considera esencial: “eDelivery” y cuya evaluación de conformidad está siendo ultimada actualmente.